Jubilacion en el exterior para argentinos residentes

Jubilación Argentina en el exterior

1- NACI EN LA ARGENTINA, PUEDO JUBILARME O PENSIONARME?

2- NACI EN EL EXTRANJERO PERO TRABAJE EN LA ARGENTINA, ME PUEDO JUBILAR O PENSIONAR?

 

Para responder estas preguntas, primero debe dirigirse al sector de nuestra pagina en Jubilaciones o Pensiones y ver si cumple con los requisitos de Ley.

 

LAS 12 PREGUNTAS QUE SE HACEN TODOS NUESTROS CLIENTES RESIDENTES EN EL EXTERIOR DEL TERRITORIO NACIONAL.

 

1) Nací en la Argentina, me puedo jubilar o pensionar?
Si, Mientras cumpla los requisitos legales de la Ley Nacional (ANSeS), como la Ley de las Provincias Argentinas.
A) Con respecto a la jubilación, es interesante aclarar lo siguiente. Hoy una mujer con 60 años de edad y un hombre con 65 años de edad puede acceder a un beneficio jubilatorio si nació en la argentina.
B) Con respecto a la pensión, una persona casada y/o conviviente del fallecido, puede acceder al beneficio de pensión.

 

2) Cuáles son los requisitos para poder jubilarme o pensionarme?
A) Hoy los requisitos son: Tener la edad, (repetimos 60 años la mujer o 65 años los hombres), y tener 30 años de aportes.
B) Ahora viene lo mas importante, como obtengo los 30 años de aportes? Bueno,gracias a la ley 24.476 y la nueva moratoria 26.970 el Gobierno de la Argentina, nos permite obtener los años de aportes mediante una moratoria que se descontara de nuestra jubilación o pensión.

 

3) Como realizamos el tramite o con quien debemos contactarnos?
A) Lo primero a tener en cuenta, es que, debemos comunicarnos siempre con abogados y que estos estén matriculados en el Colegio Público de Abogado y en ANSeS.
B) Segundo,es importante que tenga un domicilio y teléfono donde la persona se pueda comunicar todos los días hábiles del año.

 

4) Que papeles se necesitan para iniciar el trámite?
A) Todo los papeles son gratuitos. El consulado o Embajada de la Argentina de su país, les entregaran todos los formularios necesarios y estos será certificados por el funcionario.
B) Nosotros le vamos a pedir a ustedes la entrega de los formularios necesarios (que estén certificados), copia del documento de Identidad de la Persona y un certificado de supervivencia.

 

5) Cuanto es el haber mínimo que hoy en día se está pagando por una jubilación o pensión?
Estamos hablando de tres mil setecientos sesenta pesos. ($. 3.760).

 

6) La jubilación de la Argentina, la puedo cobrar en la moneda de mi país?
Si, la va a cobrar en la moneda de su país de residencia

 

7) Actualmente estoy cobrando un beneficio jubilatorio, lo puedo Aumentar?
A) Si, si usted está cobrando una jubilación o pensión de la Argentina, podemos realizar un juicio al ANSeS para que la misma sea Actualizada.

 

8) Como cobro una jubilación que fue otorgada por la Argentina?
Sencillo. Nosotros le iniciamos el trámite para que el Banco de la Nación Argentina del País donde usted Reside, le pague mediante un cheque a su nombre.

 

9) Cuando cobramos nosotros por nuestro trabajo?
A) Cuando el titular del beneficio jubilatorio cobra por nuestro trabajo, recién ahí nos debe pagar nuestros honorarios.
B) No tiene que pagar nada, antes de iniciar el trámite.

 

10 ) Que pasa si no nos hacen lugar al Beneficio?
A) Nosotros No cobramos nada por nuestra Gestión.

 

11 ) Naci en el extranjero pero trabajé en la argentina, me puedo jubilar o pensionar?
A) Si usted posee los aportes necesarios y la edad para jubilarse, puede obtener un beneficio de jubilación o pensión y cobrarla en el país donde reside.

 

12) Cuantos son nuestros Honorarios y Gastos?
A) Los honorarios son los pactados por Ley.
B) Los gastos, son Ceros en lo que respecta a nosotros, lo único que tendrán que gastar es en el Envió de la Documentación mediante Federal Express o otro correo de su confianza.