Los jubilados que residen en el exterior recibieron una circular de la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires. Allí se dice que “ante la nueva normativa del Banco Central –Comunicación “A” 7042-, esta Caja se encuentra imposibilitada de seguir realizando la transferencia de sus haberes al exterior”. Y agrega la nota: “Por los motivos expuestos, le solicitamos que en un plazo no mayor a 10 días, nos informe si posee una cuenta bancaria a su nombre radicada en nuestro país a efectos de transferirle mensualmente su haber previsional (…), caso contrario esta Institución realizará la apertura de una Caja de Ahorros en el Banco de la Provincia de Bs. As. para el correspondiente depósito de su beneficio”.
NOTICIA DE ULTIMO MOMENTO
EL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.), Mediante la COMUNICACIÓN “A” 7528 de fecha 16/06/2022 Remplazo:
Reemplazar el punto 3.13.1.4. de las normas de “Exterior y cambios” relativo al acceso al mercado de cambios por parte de clientes no residentes para la compra de moneda extranjera, por el siguiente:
“3.13.1.4. Transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) u otros organismos previsionales y/o rentas vitalicias previsionales previstas por el art. 101 de la Ley N° 24.241, por hasta el monto percibido por tales conceptos en los últimos 30 días corridos y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.”
Quiere decir que gracias a los amparos iniciados ante la justicia, los jubilados que residen en el exterior ya pueden percibir sus haberes de cajas profesionales de provincia, sus haberes al valor del dólar oficial
Acá le dejamos el listado de todas las Cajas Profesionales de la Republica Argentina “https://www.estudiosuez.com.ar/listado-de-cajas-profesionales/“