Para Tramitar la Pensión Directa
Requisitos: ser viudo o viuda del fallecido; o ser conviviente del fallecido, acreditando haber convivido públicamente en aparente matrimonio durante al menos 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Este plazo se reduce a 2 años cuando existen hijos reconocidos de ambos convivientes.
Para Tramitar la Pensión Derivada:
Esta prestación se otorga en caso de fallecimiento de un jubilado del a los siguientes derechohabientes: Viuda/o del causante.
Conviviente del causante: deberá acreditar haber convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo menos cinco (5) años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Dicho plazo se reduce a dos (2) años cuando existan hijos reconocidos por ambos convivientes.
Hijo/a soltero hasta 18 (dieciocho) años y que no goce de otro beneficio.
Ser hija viuda hasta 18 (dieciocho) años y que no goce de otro beneficio.
Hijo/a incapacitado sin límite de edad. Si al momento del fallecimiento del causante se encontraba incapacitado para el trabajo y a cargo del causante o incapacitado a la fecha en que cumplieran dieciocho (18) años de edad.
Para Tramitar Pensión Indirecta
Requisitos: ser hijo o hija de hasta 18 años y no gozar de otro beneficio; ser hija viuda de hasta 18 años y no gozar de otro beneficio; ser hija o hijo discapacitada, sin límite de edad, si al momento del fallecimiento se encontraba discapacitado para el trabajo y a cargo del fallecido o discapacitado a la fecha en que cumplieran los 18 años de edad.
Para tramitar el Retiro por Invalidez
Requisitos: es una prestación que se abona a todo trabajador, cualquiera fuere su edad o antigüedad en el servicio, que se incapaciten física o intelectualmente en forma total para el desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes profesionales, siempre que la incapacidad se hubiera producido durante la relación laboral.
• Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más
• No tener más de sesenta y cinco (65) años de edad.
• No haber alcanzado la edad establecida para acceder a la jubilación ordinaria, ni se encuentre percibiendo la jubilación en forma anticipada.
• Se debe acreditar haber aportado como mínimo:
Treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación, para ser considerado “Aportante regular”.
Dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación, para ser considerado “Aportante irregular”.